Serverdata, en lo sucesivo, la "Empresa", se esfuerza por cumplir con las leyes y reglamentos aplicables relacionadas
con la protección de datos personales en los países donde opera. Esta política establece los principios básicos por los
cuales la Empresa trata los datos personales de consumidores, clientes, proveedores, socios comerciales, empleados y
otras personas, e indica las responsabilidades de sus departamentos comerciales y empleados mientras trata los datos
personales.
Esta política se aplica a la Empresa y sus subsidiarias controladas de forma directa o indirecta que realizan negocios
dentro del Área Económica Europea (AEE) o procesan los datos personales de los interesados dentro del AEE.
Los usuarios de este documento son todos los empleados, permanentes o temporales, y todos los contratistas que trabajan
en nombre de la Compañía.
Las siguientes definiciones de términos utilizados en este documento provienen del Artículo 4 del Reglamento General de
Protección de Datos de la Unión Europea:
Datos personales: toda información sobre una persona física identificada o identificable("Interesado") cuya identidad
pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante un identificador, como por ejemplo un nombre, un
número de identificación, datos de localización, un identificador en línea o uno o varios elementos propios de la
identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social.
Datos personales sensibles: Datos personales que, por su naturaleza, son particularmente sensibles en relación con los
derechos y las libertades fundamentales, ya que el contexto de su tratamiento podría entrañar importantes riesgos para
los derechos y las libertades fundamentales. Debe incluirse entre tales datos personales los datos de carácter personal
que revelen el origen racial o étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas o filosóficas, afiliaciones
sindicales, datos genéticos, datos biométricos, dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, datos
relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o las orientación sexuales de una persona física.
Responsable de los datos: La persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo que, solo o junto
con otros, determine los fines y medios del tratamiento.
Encargado de los datos: La persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo que trate datos
personales por cuenta del responsable del tratamiento.
Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones realizadas sobre datos personales o conjuntos de datos
personales, ya sea por procedimientos automatizados o no, como la recogida, registro, organización, estructuración,
conservación, adaptación o modificación, extracción, consulta, utilización, comunicación por transmisión, difusión o
cualquier otra forma de habilitación de acceso, cotejo o interconexión, limitación, supresión o destrucción.
Anonimización: Eliminar de forma irreversible la identificación de datos personales de modo que la persona no pueda ser
identificada utilizando un tiempo, coste y tecnología razonables, ya sea por el responsable o por cualquier otra persona
para identificar a ese individuo. Los principios de tratamiento de datos personales no se aplican a datos anónimos ya
que ya no son datos personales.
Seudonimización: El tratamiento de datos personales de manera tal que ya no puedan atribuirse a un interesado sin
utilizar información adicional, siempre que dicha información adicional figure por separado y esté sujeta a medidas
técnicas y organizativas destinadas a garantizar que los datos personales no se atribuyan a una persona física
identificada o identificable. La seudonimización reduce, pero no elimina completamente, la capacidad de asociar datos
personales a un interesado. Como los datos seudonimizados aún se consideran datos personales, el tratamiento de estos
datos debe de cumplir con los principios de tratamiento de datos personales.
Tratamiento transfronterizo de datos personales: El tratamiento de datos personales realizado en el contexto de las
actividades de establecimientos en más de un Estado miembro de un responsable o un encargado del tratamiento en la
Unión, si el responsable o el encargado está establecido en más de un Estado miembro; o el tratamiento de datos
personales realizado en el contexto de las actividades de un único establecimiento de un responsable o un encargado del
tratamiento en la Unión, pero que afecta sustancialmente o es probable que afecte sustancialmente a interesados en más
de un Estado miembro.
Autoridad de control: La autoridad pública independiente establecida por un Estado miembro con arreglo a lo dispuesto en
el artículo 51;
Autoridad principal de control: La autoridad de control con la responsabilidad principal de tratar con una actividad de
tratamiento de datos transfronterizos, por ejemplo cuando un interesado presenta una reclamación sobre el tratamiento de
sus datos personales; es responsable, entre otros, de recibir los avisos de violación de seguridad de datos, ser
notificado sobre la actividad de tratamiento de riesgo y tendrá plena autoridad en lo que respecta a sus deberes para
garantizar el cumplimiento de las disposiciones del RGPD UE.
Cada "autoridad de control local" mantendrá en su propio territorio y supervisará cualquier tratamiento de datos local
que afecte a los interesados o que sea realizado por un responsable o encargado de la UE, o no perteneciente a la UE,
cuando el tratamiento se dirige a interesados que residan en su territorio. Sus tareas y poderes incluyen llevar a cabo
investigaciones y aplicar medidas administrativas y multas, promover la conciencia pública sobre los riesgos, reglas,
seguridad y derechos en relación con el tratamiento de datos personales, así como obtener acceso a las instalaciones del
responsable y el encargado, incluido cualquier equipo y medio de tratamiento de datos.
“Principal establecimiento con respecto a un responsable” con establecimientos en más de un estado miembro, es decir el
lugar de su administración central en la Unión, a menos que las decisiones sobre los fines y los medios del tratamiento
de datos personales se tomen en otro establecimiento del responsable del tratamiento en la Unión y este último tenga el
poder para que se implementen tales decisiones, en cuyo caso el establecimiento que haya tomado tales decisiones se debe
considerar como el establecimiento principal.
“Principal establecimiento con respecto a un encargado” con establecimientos en más de un estado miembro, es decir el
lugar de su administración central en la Unión o, si el encargado careciese de una administración central en la Unión,
el lugar en el que se lleven a cabo las principales actividades de tratamiento en el contexto de la las actividades de
un establecimiento del encargado tienen lugar en la medida en que el encargado está sujeto a obligaciones específicas en
virtud del presente Reglamento.
Grupo empresarial: Cualquier holding junto con su subsidiaria.
Los principios de protección de datos describen las responsabilidades básicas de las organizaciones que tratan datos personales. El artículo 5 (2) del RGPD estipula que “el responsable del tratamiento será responsable del cumplimiento de los principios y será capaz de demostrarlo” de:
Para poder demostrar el cumplimiento con los principios de protección de datos, una organización tiene que desarrollar la protección de datos en sus actividades empresarial.:
Los datos personales deben ser tratados sólo cuando sea autorizado de forma explícita por el Delegado de protección de
datos.
La Empresa debe decidir si realizar la evaluación de impacto de protección de datos para cada actividad de tratamiento
de datos de acuerdo con Directrices de evaluación de impacto de protección de datos.
La responsabilidad de garantizar el tratamiento adecuado de los datos personales recae en todos los que trabajan para la
Empresa o con ella y tienen acceso a los datos personales tratados por la Empresa.
Las áreas clave de responsabilidades para el tratamiento de datos personales recaen sobre los siguientes puestos de la
organización:
El Gerente toma decisiones y aprueba las estrategias generales de la Empresa en temas de protección de datos personales.
El delegado de protección de datos (DPD) es responsable de gestionar el programa de protección de datos personales y del
desarrollo y promoción de políticas de protección integral de datos personales, como se define en la descripción de
puesto de delegado de protección de datos.
El delegado de protección de datos (DPD) supervisa y analiza los cambios en las leyes y reglamentos sobre datos
personales, desarrolla el cumplimiento de los requisitos, y ayuda a los departamentos de la Empresa en alcanzar sus
objetivos de datos personales.
El Administrador de sistemas es responsable de:
El Delegado de protección de datos es responsable de:
El Gerente es responsable de:
El Delegado de protección de datos es responsable de transmitir las responsabilidades de protección de datos personales a los proveedores, y mejorar los niveles de conocimiento de los proveedores en materia protección de datos personales, así como reducir los requisitos de datos personales a cualquier tercero que esté utilizando un proveedor. El departamento de compras debe asegurar que la Empresa se reserva el derecho a auditar a sus proveedores.
Cuando la Empresa se percata de una violación de seguridad de datos personales tanto presunta como real, el Delegado de protección de datos debe realizar una investigación interna y tomar las medidas correctivas adecuadas a tiempo, de acuerdo con la política de violación de seguridad de datos. Cuando exista un riesgo para los derechos y las libertades de los interesados, la Compañía debe notificar a las autoridades de protección de datos sin dilación indebida y, cuando sea posible, dentro de las 72 horas.
El Delegado de protección de datos es responsable de auditar la implementación de esta política en la Empresa.
Cualquier empleado que viole esta política estará sujeto a medidas disciplinarias y el empleado también puede estar
sujeto a responsabilidades civiles o penales si su conducta viola leyes o reglamentos.
Esta política está destinada a cumplir con las leyes y reglamentos en el lugar de establecimiento y de los países en los que opera Serverdata. En caso de conflicto entre esta política y las leyes y reglamentos aplicables, prevalecerá esta última.
Este documento es válido hasta la generación de una nueva versión del mismo. El propietario de este documento es el Gerente, que debe revisar y, si fuera necesario, actualizar el documento al menos una vez al año.